Sobre el ADSL en España

ADSLComo ya comenté en este blog a mediados de Enero, Telefónica ha solicitado permiso este miércoles a la CMT para duplicar la velocidad de todas sus líneas ADSL. Una vez obtenida la autorización, los abonados a este servicio pasaran a disponer de una velocidad de 1024 Kbps (1 Mbps) en la modalidad básica sin que esto signifique un incremento de la cuota actual, tal y como hizo la compañía el pasado otoño.
En aquella ocasión, la CMT tardó casi dos meses en pronunciarse, por lo que ahora esperan que el plazo sea similar. La duplicación se realizará de forma automática y los clientes no tendrán que pedir el cambio ni tendrán que hacer ningún trámite ni cambio en su equipamiento.

Mientras tanto, la OCU ha denunciado hoy que el incremento de 256 a 512 Kbps no ha aumentado la velocidad de navegación y que pocos usuarios han notado esta diferencia en su navegación habitual por la red. Sí en cambio, se nota cuando se descargan ficheros.

La OCU señala que ha comprobado que, a pesar de que todos los proveedores de Internet han duplicado la velocidad de sus conexiones desde que Telefónica recibió la autorización de la CMT, la velocidad de navegación no se ha visto incrementada: las actuales conexiones a 512 Kbps consiguen los mismos resultados que obtuvieron las de 256 Kbps en el análisis de febrero de 2004. A pesar de esto, la mayoría de los proveedores anuncia en su publicidad una velocidad de acceso máxima que en la mayoría de los casos no se cumple, indica esta organización de consumidores.

No obstante muchos ya se estarán frotando las manos (¿tú, yo, ellos…?) ante esta nueva duplicación, pensando en la cantidad de cosas que van a bajar con sus programas P2P con el aumento de velocidad. Para todos ellos reseñar que en Bélgica, la justicia ha obligado a Tiscali a bloquear el acceso de sus usuarios a las redes P2P. La Sociedad Belga de Autores, Compositores y Editores (SABAM) obtuvo una importante victoria en el pleito antipiratería que entabló contra este proveedor de servicios de Internet, la primera acción legal de este tipo frente a una empresa de estas características. El tribunal que ha dictado dicha sentencia tendrá que estudiar también si es viable técnicamente su aplicación, y ha consultado con expertos. Seguro que aquí la SGAE ya se estará frotando las manos.

Y yo me pregunto, ¿es esta la forma de equipararnos a los países líderes en tecnología como Japón, u a otros más cercanos como Francia? Velocidades duplicadas que no son tal, implantación de múltiples cánones, trato para los internautas como si fueran delincuentes… más bien me parece una chapuza como una catedral…

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